Frenemos los superpoderes

Pedimos a los Diputados Nacionales que rechacen el proyecto para otorgarle facultades extraordinarias al Presidente Fernández

 

Frenemos los superpoderes

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Frenemos los superpoderes

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26.111 firmado. Vamos a lograr 30.000!
ULTIMO MOMENTO (6 de julio): Nuestra campaña de firmas en los medios:
Acción determinante para frenar el proyecto que otorga más poderes al presidente, "Ciudadano Diario":
ULTIMO MOMENTO (1º de julio): Hoy se llevó a cabo una sesión en la Cámara de Diputados y nos pareció importante estar presentes para pedirles que rechacen el proyecto de ley de Superpoderes que ya fue aprobado por la Cámara de Senadores, llevándoles las más de 24 mil firmas que tenemos hasta el momento.

Esta vez nos recibieron los Diputados Nacionales Pablo Torello, Héctor Baldassi, Josefina Mendoza, Carmen Polledo y Francisco Sánchez. Nos agradecieron la iniciativa de hacer llegar la voz de los ciudadanos contra las “facultades extraordinarias”. 

El Diputado Pablo Torello destacó la importancia del respeto de las instituciones democráticas y la división de poderes. El Diputado Héctor Baldassi hizo hincapié en que este proyecto de ley vulnera el federalismo, al que debemos defender. El Diputado Francisco Sánchez habló también sobre la importancia de ponerle freno a las pretensiones del gobierno de avanzar sobre nuestros derechos constitucionales. 

Finalmente no entró este proyecto en el orden del día, así que vamos a seguir golpeando las puertas de los Diputados Nacionales para que rechacen los superpoderes.

ULTIMO MOMENTO (29 de junio): Hoy por la mañana nos recibió el Diputado mendocino Omar De Marchi, a quien pudimos entregarle las más de 23.400 firmas de ciudadanos rechazando los ‘superpoderes’ para el Presidente Fernández. 

De Marchi celebró la iniciativa y resaltó:

Son acciones muy importantes, acciones que valen oro porque parten de ciudadanos comprometidos con el fin de ponerle freno al peligroso avance del gobierno nacional”.

Nos acompañaron representantes de “Sembrar Valores” y “Mujeres de Fe”, y además también entregamos las firmas en nombre de la Asociación para la Investigación y Desarrollo para la Integración y Defensa de los Derechos Humanos (AIDI), dirigida por el Dr. Miguel Ángel Fidani.


"INCONSTITUCIONALIDAD  DE LAS FACULTADES EXTRAORDINARIAS" ( ART : 29 y 76  CONSTITUCION NACIONAL )
"SIN REPUBLICA NO HABRA JUSTICIA INDEPENDIENTE"
Si la Cámara de Diputados hiciera caso omiso al requerimiento ciudadano fundado en la Soberania de Pueblo ( conforme Art:33 y 37 C.N), de no aprobar delegación de facultades extraordinarias que pretende el  presidente de la Nación Argentina Dr.Alberto Fernandez , dada  la prohibicion expresa obrante tanto del Art: 29 ,como Art: 76 C.N. Dicha decisión  inconstitucional por parte de los diputados nacionales que le otorgaran la delegación Facultades Extraordinarias  al presidente , llevaría a que no se respete , a que se avasalle impunemente nuesto República en el marco de nuestra Democracia Constitucional; y todos sabemos la afrenta irreparable que esto significaría para nuestra Patria. 

Por lo tanto es primordial que cada buen ciudadano , responda al llamado que hoy  clama nuestra amada Patria , ya que quienes forjaron y consolidaron la Nación Argentina, nos legaron la forma de  de gobierno  Republicana en el marco de la Democracia Constitucional..

Por lo tanto como ciudadanos comprometidos y protagonistas con lo público dediquemos parte de nuestro tiempo a convocar a todos los argentinos, a que se tome plena conciencia de la "gravedad en que hoy está sumida nuestra Patria ".

Por ello los convocamos como Pueblo Soberano a firmar,  compartir , difundir  por las redes y todos los medios  el requerimiento  ciudadano a lo largo y ancho del País.

El "Pueblo Soberano", será quien salve al Pueblo, será el Pueblo quien salve nuestra Democracia, será el Pueblo quien salve nuestra República, nuestra Libertad, nuestra Dignidad, nuestra Soberanía.

¡¡Dios Salve nuestra Patria. Fuente de toda Razón y Justicia !!!

Dr. Miguel Ángel González Fidani.

Asoc. de Investigación y Desarrollo para la Integración

(AIDI) -PJ N ° 236/04

*** Contacto: [email protected]

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Petición a: Diputados Nacionales

A los Señores Diputados de la Nación Argentina

De nuestra consideración y respeto:

Los ciudadanos firmantes en nuestro carácter de Pueblo Soberano (conforme con el  " Principio Constitucional de la Soberanía del Pueblo" ( consagrado en los Arts: 33 y 37 de nuestra Carta Magna). Venimos a requerir en tiempo y forma al Sr. Presidente de la Cámara de Diputados de la Nación Dr. Sergio Massa  y por su digno intermedio a cada uno de los Diputados Nación que integra dicho cuerpo legislativo ; a quienes se les delego solo “ Facultades “, pura y exclusivamente para que representen la Voluntad del Pueblo Soberano, (que es y siempre será del pueblo), que se rechace in limine el pedido del Sr. Presidente de la Nación Argentina, de que se le otorgue “ Facultades Extraordinarias “( atento avasallar y/o conculcar  con el referenciado  lo establecido en el Art: 29 C.N.) ; ni tampoco se le otorgue delegación alguna por parte del legislativo nacional, al no existir fundamentos facticos ni jurídicos que acrediten en forma fehaciente  supuesto de “necesidad de administración o de emergencia pública” ,que  requiere en forma taxativamente para tal fin, el Art: 76 C.N.

Por lo tanto, basado en el Principio de la Soberanía del Pueblo ( Art: 33 y 37 C.N., requerimos como Pueblo Soberano, no hacer lugar al pedido de “ Facultades Extraordinarias (conforme Art: 29 C.N.); como asimismo  se rechace  pedido de delegación basada en supuestas necesidades de administración o emergencia pública, por carecer dicho pedido del debido fundamente tanto fáctico como jurídico que justifique  la citada delegación (conforme Art: 76 C.N.).

Y en el hipotético caso que dicha Cámara de Diputados de la Nación, decida hacer caso omiso a la inviabilidad de la procedencia de lo peticionado por parte del Poder Ejecutivo Nacional; y con dicha actitud, avasallar, conculcar, violar lo normado en nuestra Constitución Nacional y los Tratados Internacional de Derechos Humanos de raigambre constitucional ( Art: 75-inc.22). Desde ya se hace expresa reserva de recurrir de inmediato ante la C.S.J.N., por ser dicho pedido del Poder Ejecutivo Nulo de Nulidad Absoluta e Insanable, por contrariar abiertamente e impunemente lo establecido en nuestro Ordenamiento Jurídico Constitucional. Como asimismo recurrir oportunamente ante la CIDH de la OEA y el Alto Comisionado de Derechos Humanos de la ONU.   

 

  Dr.Miguel Angel González Fidani

Asoc. de Investigación y Desarrollo para la Integración

( A.I.D.I.) P. J. N° 236/ 04 

***Contacto: [email protected]

 

 

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Petición a: Diputados Nacionales

A los Señores Diputados de la Nación Argentina

De nuestra consideración y respeto:

Los ciudadanos firmantes en nuestro carácter de Pueblo Soberano (conforme con el  " Principio Constitucional de la Soberanía del Pueblo" ( consagrado en los Arts: 33 y 37 de nuestra Carta Magna). Venimos a requerir en tiempo y forma al Sr. Presidente de la Cámara de Diputados de la Nación Dr. Sergio Massa  y por su digno intermedio a cada uno de los Diputados Nación que integra dicho cuerpo legislativo ; a quienes se les delego solo “ Facultades “, pura y exclusivamente para que representen la Voluntad del Pueblo Soberano, (que es y siempre será del pueblo), que se rechace in limine el pedido del Sr. Presidente de la Nación Argentina, de que se le otorgue “ Facultades Extraordinarias “( atento avasallar y/o conculcar  con el referenciado  lo establecido en el Art: 29 C.N.) ; ni tampoco se le otorgue delegación alguna por parte del legislativo nacional, al no existir fundamentos facticos ni jurídicos que acrediten en forma fehaciente  supuesto de “necesidad de administración o de emergencia pública” ,que  requiere en forma taxativamente para tal fin, el Art: 76 C.N.

Por lo tanto, basado en el Principio de la Soberanía del Pueblo ( Art: 33 y 37 C.N., requerimos como Pueblo Soberano, no hacer lugar al pedido de “ Facultades Extraordinarias (conforme Art: 29 C.N.); como asimismo  se rechace  pedido de delegación basada en supuestas necesidades de administración o emergencia pública, por carecer dicho pedido del debido fundamente tanto fáctico como jurídico que justifique  la citada delegación (conforme Art: 76 C.N.).

Y en el hipotético caso que dicha Cámara de Diputados de la Nación, decida hacer caso omiso a la inviabilidad de la procedencia de lo peticionado por parte del Poder Ejecutivo Nacional; y con dicha actitud, avasallar, conculcar, violar lo normado en nuestra Constitución Nacional y los Tratados Internacional de Derechos Humanos de raigambre constitucional ( Art: 75-inc.22). Desde ya se hace expresa reserva de recurrir de inmediato ante la C.S.J.N., por ser dicho pedido del Poder Ejecutivo Nulo de Nulidad Absoluta e Insanable, por contrariar abiertamente e impunemente lo establecido en nuestro Ordenamiento Jurídico Constitucional. Como asimismo recurrir oportunamente ante la CIDH de la OEA y el Alto Comisionado de Derechos Humanos de la ONU.   

 

  Dr.Miguel Angel González Fidani

Asoc. de Investigación y Desarrollo para la Integración

( A.I.D.I.) P. J. N° 236/ 04 

***Contacto: [email protected]

 

 

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