Debemos decirlo claro: un huérfano NECESITA un papá y una mamá
NO a la adopción gay
NO a la adopción gay
ÚLTIMA HORA (11 de agosto) Después de 3 días de discusión, el Pleno de la SCJN, aprobó la adopción por Sociedades de Convivencia, a pesar de que, como lo hizo ver el Ministro Medina Mora:
"1. No existe UNA sola sociedad de convivencia en el estado de Campeche.
2. Vivir o estar bajo el regimen de sociedad de convivencia no cambia el estado civil, los conviventes (si los hubiera) son solteros.
3. Este tipo de unión no tiene estímulo o condiciones de estabilidad a largo plazo".
En contra del sentido común, de la razón que presentó el Ministro Medina, encontramos las declaraciones del Ministro Juan Silva:
"La familia se torna en un concepto dinámico que se configura como una realidad social que exige una interpretación amplia. Este alto Tribunal ha dejado atrás la concepción tradicional de familia 'ideal' conformado por un padre y una madre, cuyo fin es la procreación. Hemos resuelto que el constituyente no protege a este tipo de familia..."
Si no pueden engendrar ¿Por qué habrían de adoptar?
En 2014 la Comisión de Derechos Humanos de Campeche, presentó una ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD en contra del Poder Ejecutivo y el Congreso estatales para combatir el Artículo 19 de la Ley Regulatoria de Sociedades Civiles de Convivencia de esa entidad, al argumentar que esa norma viola garantías individuales plasmadas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Que en este momento dice:
“Artículo 19.- Los conviventes no podrán realizar adopciones en forma conjunta o individual. No podrán compartir o encomendar la patria potestad o guardia y custodia de los hijos menores del otro. Es nulo de pleno derecho cualquier pacto que contravenga esta disposición.”
La Suprema Corte de Justicia de la Nación, discutirá en Pleno, bajo el numeral 8/2014, el caso Campeche y de acuerdo al procedimiento que corresponde si esta acción, obtiene 8 de los 11 votos de los Ministros, la sentencia será obligatoria en todo el país para los jueces.
El tema le fue encargado a la Sra. Ministra Margarita Luna Ramos, quien en su proyecto propone declarar la inconstitucionalidad de la norma de Campeche, del mencionado artículo 19 de la Ley Regulatoria de Sociedades Civiles de Convivencia, el cual se discutirá en los primeros días del mes de agosto.
La SCJN, haciendo caso omiso de la voluntad popular, del sentido común, del conocimiento básico de anatomía humana, del sentido de pertenencia que requiere un niño o una niña, propone que los menores puedan ser adoptados por parejas del mismo sexo.
La adopción no es un derecho, el derecho corresponde a los niños y niñas a crecer en un ambiente natural, biológicamente natural, que es lo que beneficiaría a estos chicos que han quedado sin padres, entre más similar sea el hogar que los reciba al que la naturaleza indica estarán en mejores condiciones para su desarrollo psicológico, emocional e intelectual.
Si dos mujeres o dos hombres no pueden concebir entre si ¿por qué vamos a dar lo que la naturaleza niega? ¿Por qué nos empeñamos en dar batalla en contra del orden natural?
¿Qué opinan los menores que han sido adoptados por parejas homosexuales? ¿Habrán cumplido estas parejas con el bienestar de niños y niñas, como se afirma actualmente? Te comparto un fragmento del discurso de Benoit Talleu de 17 años de edad, fue orador en la Marcha por la Familia que organizó La Manif Pour Tous en París, Francia el 13 de enero de 2013.
“Estoy en la lucha contra el “matrimonio para todos”, junto con la Asociación para Niños Adoptados, porque estoy harto de escuchar que muchos hablan de la adopción, como si lo más importante no fuéramos los adoptados”.
“Debemos decirlo claro, un huérfano NECESITA un papá y una mamá. En cambio, la pareja QUIERE un niño, y entre “necesitar” y “querer”, hay mucha diferencia.
“… La adopción no es para que los adultos se sientan bien. ¡No somos un remedio para la esterilidad! ¡No somos medicinas! ¡No estamos aquí para consolarte por no tener hijos! ¡No somos un premio! ¡No somos un derecho! No hables como si tuvieras derecho a nosotros. ¡Eso es violentar nuestra identidad!”
“.. Decir que un huérfano no merece tener mamá, es cruel e injusto. Decir que un huérfano no merece tener papá, es cruel e injusto. ¡Es una crueldad y una injusticia! ¡Es atentar contra la igualdad de la niñez!”
Para más información:
Convención de los Derechos del Niño
Demanda de acción de inconstitucionalidad por la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Campeche