‘Caso carmelitas’: respeten la vida religiosa

El Fiscal Uriburu confunde tortura con penitencia

 

‘Caso carmelitas’: respeten la vida religiosa

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Dos monjas del Monasterio de la Preciosísima Sangre y Nuestra Señora del Carmelo de Nogoyá (Entre Ríos) deciden abandonar la vida religiosa y denunciar ante la prensa torturas físicas y psicológicas.

Denuncian la dura vida del convento: el frío, dormir sobre colchón de paja, el cilicio, y el látigo de automortificación.

Una vida dura –incluso imposible- para quienes vivimos en el mundo, pero una regla conocida por todas las que entran en un convento de clausura. Como señala una de las monjas que permanecen en el convento:

“Esta es una vida de penitencia, no de tortura, que es un término totalmente distorsionado"

Las monjas exclaustradas denuncian también secuestro y privación de libertad. Pero lo cierto es que las monjas que permanecen en el convento aseguran que nunca se han sentido coartadas en su libertad e insisten en que permanecen en el Carmelo libre y responsablemente.

Lo peor no es la incomprensión de la vida monástica de las exclaustradas, sino la respuesta dada por la Justicia

Lo primero fue el allanamiento de oficio del convento sin respetar la clausura y sin guardar ningún respeto. Fue el pasado 25 de agosto. 50 policías llegaron al convento. Ingresaron forzando la puerta, interrogaron a las hermanas llamándolas señoras y se llevaron los cilicios y demás “pruebas”. Además, las monjas han sido sometidas a examen de médico forense.

Así se expresaba el fiscal Federico Uriburu:

“No hay en la legislación procesal ninguna cuestión a tener en cuenta a la hora de tratarse de un convento, es un lugar habitado como cualquier otra casa. (…) Se trata de un domicilio común en Nogoyá, figura en catastro como un lugar común, está exento de impuesto pero paga la luz como cualquier otro vecino y por lo tanto era absolutamente procedente realizar el allanamiento”.

Un allanamiento de un lugar sagrado absolutamente contrario a los acuerdos con la Santa Sede de 10 de octubre de 1966 que señalan lo siguiente:

“El Estado Argentino reconoce y garantiza a la Iglesia Católica Apostólica Romana el libre y pleno ejercicio de su poder espiritual, el libre y público ejercicio de su culto, así como de su jurisdicción en el ámbito de su competencia, para la realización de sus fines específicos”

La último fue la imputación del fiscal Uriburu de la superiora, la hermana María Isabel (Luisa Toledo por su nombre civil) Le acusa de privación de libertad, delito por el que podría enfrentar una pena de prisión de 2 a 6 años, aunque algunas notas periodísticas apuntan que la superiora enfrenta penas de 4 a 15 años.

La hermana María Isabel está tranquila y responde con ironía que no hay mucha diferencia entre su actual vida y la cárcel…

Pero lo que está en juego es el respeto del poder civil de la vida religiosa. Por eso, es importante mostrar la queja ante el Fiscal Uriburu

Para más información:

Así son las torturas que dicen sufrir las monjas: la regla de santa Teresa

Imputada la superiora del convento de Nogoyá

VIDEO: las monjas del Carmelo de Nogoyá relatan ser felices y no estar en contra de su voluntad

El fiscal Uriburu se queja de la actitud de la Iglesia

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Fiscal Uriburu: respete la vida religiosa

Att. Fiscal Federico Uriburu

C/c Presidente del Tribunal Superior de Entre Ríos, Dra. Claudia Mizawak

C/c Presidente de la Sala Constitucional y Penal, Dr. Carlos Chiara Díaz

C/c Procurador General, Dr. Jorge Amilcar García

C/c Nuncio de SS el Papa en Argentina, Mons. Emil Paul Tscherrig

C/c Arzobispo de Paraná, Mons. Juan Alberto Puiggari

He seguido con atención su actuación en el llamado ‘caso carmelitas’. Ud. justificó el allanamiento del convento en que estaban sujetos a la justicia ordinaria.

Para empezar, no fue ordinaria. No es nada común que la fiscalía actúe de oficio a las 24 de horas de una publicación periodística y con la presencia espectacular de 50 policías. ¿Era necesaria tanta fuerza pública para unas monjas?

Para seguir olvida Ud. el art. 1 del vigente acuerdo con la Santa Sede que reconoce a la Iglesia jurisdicción en el ámbito de su competencia.

Los conventos de clausura de la regla de Santa Teresa utilizan látigos y cilicios. Forma parte de la regla, se conoce durante el período de aspirantazgo y no es tortura, sino penitencia.

Tiene derecho a no entenderlo. Incluso a no compartirlo. Pero tiene obligación de respetarlo, no criminalizarlo.

Si más allá de la regla hubo abusos, habría sido más oportuno tratar de atajarlos por los mecanismos internos de la Iglesia. Salvo que su objetivo sea poner en cuestión la vida religiosa, asunto para que el que -le recuerdo- no tiene competencias.

[Tu nombre]

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He seguido con atención su actuación en el llamado ‘caso carmelitas’. Ud. justificó el allanamiento del convento en que estaban sujetos a la justicia ordinaria.

Para empezar, no fue ordinaria. No es nada común que la fiscalía actúe de oficio a las 24 de horas de una publicación periodística y con la presencia espectacular de 50 policías. ¿Era necesaria tanta fuerza pública para unas monjas?

Para seguir olvida Ud. el art. 1 del vigente acuerdo con la Santa Sede que reconoce a la Iglesia jurisdicción en el ámbito de su competencia.

Los conventos de clausura de la regla de Santa Teresa utilizan látigos y cilicios. Forma parte de la regla, se conoce durante el período de aspirantazgo y no es tortura, sino penitencia.

Tiene derecho a no entenderlo. Incluso a no compartirlo. Pero tiene obligación de respetarlo, no criminalizarlo.

Si más allá de la regla hubo abusos, habría sido más oportuno tratar de atajarlos por los mecanismos internos de la Iglesia. Salvo que su objetivo sea poner en cuestión la vida religiosa, asunto para que el que -le recuerdo- no tiene competencias.

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