El matrimonio está protegido porque produce un bien social: garantiza el relevo generación y la incorporación social de la descendencia
Gobierno de Costa Rica pretende ‘gaymonio’ vía CIDH
Gobierno de Costa Rica pretende ‘gaymonio’ vía CIDH
La vicepresidenta de Costa Rica, Ana Helena Chacón Echeverría, ha remitido una consulta a la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Pregunta si a la luz del principio de no discriminación e igualdad jurídica el Estado debe reconocer y facilitar el cambio de nombre de acuerdo con su identidad de género.
En caso afirmativo, cuestiona si sería contrario a la Convención Americana de Derechos Humanos que las personas interesadas cambiaran de nombre mediante procedimiento jurisdiccional en lugar de mediante proceso administrativo gratuíto, rápido y accesible.
Además, la consulta a la Corte Interamericana pregunta sobre si el Estado debe reconocer los derechos patrimoniales de las uniones del mismo sexo. En caso afirmativo, pregunta si para ello es necesaria una figura jurídica.
En resumen: Costa Rica pretende que sea la Corte Interamericana de Derechos Humanos quien apruebe el mal llamado ‘matrimonio’ homosexual y la ideología de género.
La Corte ha dado de plazo hasta el 14 de febrero para recibir observaciones. Es nuestra oportunidad para remitir a la Corte nuestra opinión sobre la pretensión de ‘matrimonializar’ las uniones del mismo sexo.
¿Son vinculantes las resoluciones de la Corte?
- Según el art. 68.1 de la CADH las resoluciones de la Corte son de obligado cumplimiento para el país afectado.
- La doctrina señala que son aplicables "erga omnes", es decir, que las sentencias no se agotan en la parte resolutiva
- Para el resto no son vinculantes pero "deben servir de guía" y "constituyen una imprescindible pauta de interpretación"
- Las consultas -a diferencia de las sentencias contenciosas- no son vinculantes ni coercitivas, pues se trata de una labor de asesoría, no jurisdiccional.
- Sin embargo, en la práctica internacional, los estados acatan "por la autoridad moral y científica".
Conclusión: lo que resuelva la Corte no tendrá un valor jurídico vinculante sobre los estados miembros del sistema interamericano de derechos humanos. Pero la misma Corte matiza:
"Tendrá efectos jurídicos innegables para todo el modelo regional"
Es decir, aunque técnicamente no vincule, si la decisión es negativa, es muy probable que los grupos LGTB la utilicen como 'argumento de autoridad'.
Esta campaña ha sido apoyada por gran parte de los grupos profamilia que trabajan en América:
Para más información:
Lee la noticia en El Mundo de Costa Rica
La Corte Interamericana prorroga el plazo hasta el 17 de febrero para recibir observaciones
Consulta la Convención Americana de Derechos Humanos
Estrasburgo resuelve que el ‘matrimonio’ homosexual no es un derecho humano
ANALISIS: El desafío del ‘matrimonio’ homosexual
ANAÑISIS JURIDICO: ¿Son vinculanyes las resoluciones de la Corte?